El Reconocimiento de Sentencias Extranjeras sobre Alimentos en Brasil: Requisitos Jurídicos y Relevancia Estratégica para Clientes Transnacionales
Por Rogério Santos do Nascimento
Abogado en Brasil – Especialista en Derecho Constitucional, Administrativo y Militar, Ex Asesor Jurídico de la Marina de Brasil, Director de Lex Pathway LLC
En una era marcada por la movilidad internacional y los arreglos familiares transnacionales cada vez más frecuentes, la obligatoriedad y eficacia de las obligaciones alimentarias en diferentes jurisdicciones se ha convertido en un tema destacado en el ámbito del derecho internacional privado. Para abogados estadounidenses, empresas multinacionales y clientes involucrados en litigios de familia con conexión internacional, surge una pregunta recurrente: ¿una sentencia extranjera que establece, modifica o extingue alimentos puede ser ejecutada en Brasil?
La respuesta es clara: no, a menos que dicha sentencia extranjera sea homologada judicialmente por el Superior Tribunal de Justicia de Brasil (STJ). De acuerdo con el artículo 105, inciso I, letra “i”, de la Constitución Federal, toda sentencia extranjera —incluidas aquellas relacionadas con el derecho de familia— debe ser sometida a un procedimiento formal de reconocimiento para que produzca efectos jurídicos en el territorio brasileño.
Este requisito es particularmente relevante en situaciones en las que una de las partes reside en Brasil o posee patrimonio localizado en el país. Una sentencia judicial dictada en los Estados Unidos (o en cualquier otro país) que imponga una obligación alimentaria a una parte que viva en Brasil, o que beneficie a un residente brasileño, no podrá ser ejecutada sin haber sido previamente homologada por el STJ.
Es importante destacar que el proceso de homologación no constituye una revisión del mérito de la sentencia extranjera. Se trata, en realidad, de una verificación formal de requisitos procesales y jurídicos, entre los cuales se destacan:
La competencia internacional del tribunal de origen;
La citación regular de la parte contraria y el respeto al debido proceso legal;
El tránsito en cosa juzgada de la decisión en el país de origen;
La inexistencia de violación al orden público, a la soberanía nacional o a las buenas costumbres.
Una vez homologada, la sentencia extranjera de alimentos adquiere plena eficacia en Brasil y podrá ser ejecutada por las vías ordinarias de la legislación procesal brasileña, incluyendo el embargo de bienes, el bloqueo de cuentas bancarias, el descuento automático de ingresos y otras medidas coercitivas disponibles.
Cabe resaltar que la falta de homologación no solo impide la ejecución de la sentencia, sino que además puede acarrear litigios judiciales prolongados, nulidad de actos procesales o incluso el completo desamparo de la parte acreedora en suelo brasileño. Por ejemplo, si un tribunal estadounidense determina que un excónyuge brasileño debe pagar pensión alimenticia, y esa sentencia no ha sido homologada en Brasil, cualquier intento de ejecución será jurídicamente ineficaz.
Además, los tribunales brasileños podrán rechazar la homologación si identifican, por ejemplo, que la sentencia extranjera es manifiestamente abusiva, discriminatoria o que fue dictada sin la debida notificación a la parte demandada. Por ello, es de suma importancia que los abogados estadounidenses, así como los departamentos jurídicos empresariales, cuenten con el apoyo de abogados brasileños especializados en la materia.
El procedimiento de homologación exige:
Copia autenticada y apostillada de la sentencia extranjera;
Prueba de citación válida o renuncia al derecho de contradicción;
Traducción jurada de todos los documentos al portugués;
Representación por abogado brasileño debidamente inscrito en la OAB.
Una vez cumplidas estas formalidades, la solicitud de homologación se presenta directamente al STJ, en Brasilia, y, si no hay oposición y la documentación está en orden, la homologación puede obtenerse en pocos meses.
En casos de alta complejidad, que involucran obligaciones alimentarias elevadas o deudores con gran patrimonio, este proceso deja de ser una mera formalidad para convertirse en una verdadera estrategia de protección jurídica.
Conclusión
Para los profesionales del derecho y clientes con intereses en disputas familiares internacionales, conocer la obligatoriedad de la homologación de sentencias extranjeras sobre alimentos es fundamental. Sin ese reconocimiento, incluso las decisiones válidas y definitivas en el extranjero se vuelven jurídicamente ineficaces en Brasil. Los abogados que actúan en el ámbito internacional —especialmente en las áreas de divorcio, custodia, alimentos y planificación patrimonial— deben incorporar la homologación en su planificación jurídica transnacional.
El equipo de Lex Pathway está capacitado para ofrecer asesoría completa en la homologación de decisiones extranjeras de alimentos y demás sentencias internacionales, con soporte jurídico bilingüe, preparación documental y representación directa ante los tribunales brasileños.